SEVILLA, 1 (EUROPA PRESS)
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Frente a la tesis del inculpado, el jurado popular ha declarado así por unanimidad, que ha quedado probado que el acusado mató a su pareja, Virginia, también de nacionalidad boliviana y de 51 años, "intencionalmente, por ser mujer y por su deseo de ruptura" de la relación sentimental que mantenían.
En concreto, el jurado popular ha declarado probado por unanimidad que aquel día de abril de 2022, en el piso de la calle Ágata alquilado a su nombre y donde convivía con la víctima, el acusado, que en diciembre de 2020 había sido condenado por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género sobre su pareja, con la que convivía después de que ambos reanudasen la relación, según se ha declarado probado, "propinó un fuerte golpe en la cara" a la mujer después de descubrir que la misma presentaba marcas de succión en el cuello y de que ella dijese que prefería a otro varón que había conocido.
El jurado ha declarado probado por unanimidad que dicha agresión supuso a la víctima un hematoma en la cara y que tras intervenir las restantes personas que estaban en la vivienda, donde todos ellos estaban consumiendo cerveza desde tempranas horas en el marco de una celebración, Alfredo G.C. se marchó de la vivienda, regresando horas más tarde, ante lo cual Virginia optó por encerrarse en el dormitorio del piso.
Después, en algún momento de la noche o la madrugada según ha sido declarado probado, aprovechando que el resto de personas que habían participado en la celebración habían quedado dormidas en el salón, el inculpado se introdujo en el dormitorio, donde causó "intencionalmente" la muerte de su pareja "por asfixia mecánica y sofocación" y tras inmovilizarla, en un momento en el que la misma estaba "dormida" y afectada por el alcohol que había consumido durante la jornada.
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